¿Qué son las utilidades y por qué tienes derecho a recibirlas?


¿Qué son las utilidades y por qué tienes derecho a recibirlas?

¿Te ha pasado que en tu trabajo dicen que este año no hubo utilidades “porque todo se reinvirtió”? O peor aún, que ni siquiera lo mencionan, como si el tema fuera opcional. Pues no lo es. Y si alguna vez te han salido con esa excusa, quédate a leer esto.

Una historia real en Aguascalientes

Leticia trabaja en una pequeña empresa textil en Aguascalientes. Ella y sus compañeros se partieron el lomo todo el año, cumpliendo metas, sacando pedidos urgentes y hasta quedándose horas extra sin chistar. Pero cuando llegó mayo, ni una palabra del reparto de utilidades. Preguntaron y les dijeron que “no hubo porque todo se reinvirtió”. Nadie les mostró nada, ni cuentas, ni explicaciones. Y muchos se quedaron con la duda: ¿es legal eso?

¿Qué dice la ley sobre las utilidades?

Primero hay que dejar algo bien claro: las utilidades no dependen de la buena voluntad del patrón, ni de si “quiere o puede” repartirlas ese año. No es un premio ni un favor. Es un derecho constitucional, respaldado por el Artículo 123 de la Constitución Mexicana y regulado por la Ley Federal del Trabajo en su Capítulo VIII.

Este derecho establece que si una empresa obtiene utilidades —es decir, ganancias netas después de pagar gastos, deducciones y lo que le toca al SATdebe repartir el 10% entre sus trabajadores. Y ese reparto se basa en dos factores:

  • Tiempo trabajado durante el año fiscal.
  • Salario percibido, ya que el monto se calcula con base en lo que ganabas.

¿Qué se hizo mal en el caso de Leti?

La empresa no explicó ni justificó con claridad por qué no hubo reparto. Dijo que todo se reinvirtió, pero ese argumento no es válido legalmente. Según la ley, las reinversiones se hacen después del reparto de utilidades, no antes. Así que no entregar utilidades por esa razón es incumplir la norma.

Todas las empresas con más de un año operando —excepto algunas con fines no lucrativos o en su primer año— están obligadas a repartir utilidades. Las fechas límite son:

  • 30 de mayo para personas morales (empresas).
  • 29 de junio para personas físicas con actividad empresarial.

¿Qué puedes hacer si no recibes utilidades?

Si no recibes nada o tienes dudas, puedes:

  • Pedir a tu empleador el resumen de la declaración anual y el cálculo del reparto, como lo indica el Artículo 121 de la LFT.
  • Acudir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), que brinda asesoría gratuita y defensa legal en estos casos.

Y si la empresa no cumple, puede enfrentar sanciones por parte de la autoridad laboral o fiscal, e incluso pagar lo no repartido con retroactivos.

Reflexión final

Muchos patrones, más por desinformación que por mala fe, siguen creyendo que las utilidades son un lujo. Pero no. Son una parte justa del valor que tú generaste durante el año. Si ayudaste a construir esa ganancia, te corresponde tu parte. Así de claro.

Conclusión

Cuando conoces tus derechos, nadie puede hacerte sentir que estás pidiendo de más. Las utilidades no son un extra. Son tuyo por ley. No es pelear. Es ejercer lo que ya te corresponde.


Esto no es cuento. Pasa más de lo que debería. Si te importa la justicia laboral, compártelo con tu equipo o compañeros de trabajo. Tal vez alguien más necesita saberlo.

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